Decreto Nº 761 - Cuotas globales anuales de captura para recurso Congrio dorado en unidades de pesquería y períodos que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1997 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 35.949, 26 de diciembre de 1997, pág. 2. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Asignación/cuota Zona de protección pesquera Crustáceos Capturas incidentales Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto, que consta de 5 artículos, fija en diversas unidades de pesquería que indica las cuotas globales anuales de captura de Congrio dorado (Genypterus blacodes) para el año 1998. Dispone, además, que en el caso de que las referidas cuotas sean extraídas antes del término del año, se deberán suspender las actividades extractivas correspondientes, entendiéndose que desde ese momento el recurso se encuentra en veda. Una vez completada la cuota global anual de captura del recurso, sólo se permitirá la captura de esta especie como fauna acompañante de la pesca dirigida a la merluza del sur (Merluccius australis) en un porcentaje de hasta un 20 por ciento medido en peso por viaje de pesca. Texto completo Español