Decreto Nº 748 Exento - Establece prohibición temporal de caza en el área denominada Lago Budi-Lafkenmapu y áreas adyacentes. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua, Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Aguas continentales Humedales Biodiversidad Zona protegida Protecíon de las especies Protección del hábitat Caza/captura Fauna silvestre Anfibios Reptiles Pájaros Especies migratorias Turismo Animal dañino/animal peligroso Pueblos indígenas Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto, del Ministerio de Agricultura, establece un periodo de prohibición temporal de 10 años, contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, para la caza o captura de animales anfibios, reptiles, aves y mamíferos silvestres en el área denominada "Budi-Lafkenmapu y áreas adyacentes", ubicada en la IX Región. Se exceptúan a los individuos pertenecientes a las especies declaradas dañinas. Texto completo Español Página web www.bcn.cl