Decreto Nº 736 - Establece veda biológica para el recurso anchoveta en área y período que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 40.036, 16 de agosto de 2011. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Temporadas Peces marinos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto introduce una veda biológica para el recurso Anchoveta Engraulis ringens, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la XV Región y el límite sur de la II Región. Dicha veda regirá hasta el 19 de septiembre de 2011. Queda sin embargo excluida de la veda la captura de anchoveta destinada a la elaboración de productos de consumo humano directo y a carnada. Texto completo Español