Decreto Nº 7-2020 - Ley de Protección para el Cultivo del Plátano y el Banano en la República de Guatemala. País/Territorio Guatemala Tipo de documento Legislación Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural, Cultivos Palabra clave Productos agrícolas Desarrollo agrícola Plagas/enfermedades Protección vegetal Frutas/nueces comestibles Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley tiene por objeto la protección de los cultivos de banano y plátano en todo el territorio nacional, ante el riesgo y la amenaza de enfermedades y plagas que atacan y destruyen esos cultivos, especialmente lo relacionado con la enfermedad conocida como Fusarium oxysporum f. sp. cubense (Foc R4T). Establece las acciones, regulaciones y medidas fitosanitarias para la prevención y contención de la marchitez provocada por dicha enfermedad, y cualquiera otra que pueda afectar los cultivos relacionados. Se especifican medidas de protección en puertos; aeropuertos y depósitos aduaneros; aduanas terrestres y depósitos aduaneros temporales; fincas, parcelas, terrenos y unidades de cultivo y producción; dependencias de la Superintendencia de Administración Tributaria y otras; y medidas de contención para evitar los daños a las plantaciones de plátano y banano. Texto completo Español Página web www.congreso.gob.gt Referencias - Legislación Implementado por Acuerdo Gubernativo Nº 157-2020 - Reglamento de la Ley de protección para el cultivo del plátano y el banano en la República de Guatemala. Legislación | Guatemala | 2020 Palabra clave: Protección vegetal, Plagas/enfermedades, Frutas/nueces comestibles, Transporte/depósito, Bioseguridad, Inspección Fuente: FAO, FAOLEX