Decreto Nº 69/70 - Ley de Fomento Agropecuario. País/Territorio Honduras Tipo de documento Legislación Fecha 1970 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 20.311, 25 de febrero de 1971, págs. 9-12. Materia Agricultura y desarrollo rural Palabra clave Desarrollo agrícola Productos agrícolas Comercio interior Institución Subvención/incentivo Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Comercio internacional Extensión agrícola Fortalecimiento de la capacidad Área geográphica Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La Ley de Fomento Agropecuario, que consta de 7 capítulos y 36 artículos, tiene por objeto la protección y el fomento de las actividades económicas para la explotación y aprovechamiento de la tierra y de los recursos animales o vegetales útiles al hombre (art. 1º). Para alcanzar tal objetivo, el Estado en su política agraria deberá: a) fomentar la producción agrícola especialmente de aquellos productos artículos que contribuyan a una mejor dieta alimenticia de la población; b) estimular la diversificación de la agricultura; c) crear las condiciones adecuadas para alcanzar un nivel satisfactorio de ocupación en las áreas rurales; d) establecer los mecanismos necesarios para volver más eficiente la comercialización; e) procurar la capacitación y bienestar social de las personas que se dediquen a las labores agrícolas (art. 2º). El fomento agropecuario estará a cargo del Estado a través de la Secretaría de Recursos Naturales y asistirá al ramo agropecuario (art. 14). Se crea el Comité Nacional Agropecuario que vigilará la adecuada aplicación de las presentes disposiciones, servirá como órgano de coordinación, consulta y asesoramiento de la política estatal en el campo agropecuario, y emitir criterio para la determinación de los precios mínimos de los productos vegetales y animales (art. 27). Texto completo Español