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Decreto Nº 69/70 - Ley de Fomento Agropecuario.

País/Territorio
Honduras
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1970
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 20.311, 25 de febrero de 1971, págs. 9-12.
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Desarrollo agrícola Productos agrícolas Comercio interior Institución Subvención/incentivo Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Comercio internacional Extensión agrícola Fortalecimiento de la capacidad
Área geográphica
Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

La Ley de Fomento Agropecuario, que consta de 7 capítulos y 36 artículos, tiene por objeto la protección y el fomento de las actividades económicas para la explotación y aprovechamiento de la tierra y de los recursos animales o vegetales útiles al hombre (art. 1º). Para alcanzar tal objetivo, el Estado en su política agraria deberá: a) fomentar la producción agrícola especialmente de aquellos productos artículos que contribuyan a una mejor dieta alimenticia de la población; b) estimular la diversificación de la agricultura; c) crear las condiciones adecuadas para alcanzar un nivel satisfactorio de ocupación en las áreas rurales; d) establecer los mecanismos necesarios para volver más eficiente la comercialización; e) procurar la capacitación y bienestar social de las personas que se dediquen a las labores agrícolas (art. 2º). El fomento agropecuario estará a cargo del Estado a través de la Secretaría de Recursos Naturales y asistirá al ramo agropecuario (art. 14). Se crea el Comité Nacional Agropecuario que vigilará la adecuada aplicación de las presentes disposiciones, servirá como órgano de coordinación, consulta y asesoramiento de la política estatal en el campo agropecuario, y emitir criterio para la determinación de los precios mínimos de los productos vegetales y animales (art. 27).

Texto completo
Español