Decreto Nº 674/89 - Decreto reglamentario de la Ley Nº 13.577 de Obras Sanitarias de la Nación. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 1989 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del 6 de junio de 1989. Materia Agua Palabra clave Control de la contaminación Contaminación de las aguas dulces Efluente de aguas residuales/vertido Residuos no domésticos Infracciones/sanciones Tarifas/cánones relativos al medio ambiente Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen El presente Decreto contiene la reglamentación de la Ley Nº 13.577, con el propósito de alcanzar los siguientes objetivos: a) conseguir y mantener un adecuado nivel de calidad de las aguas subterráneas y superficiales, de modo tal que se preserven sus procesos ecológicos esenciales; b) impedir la acumulación de compuestos tóxicos o peligrosos capaces de contaminar las aguas subterráneas y superficiales; c) evitar toda acción que pudiera ser causa directa o indirecta de degradación de los recursos hídricos; d) favorecer el uso correcto y la adecuada explotación de los recursos hídricos superficiales y subterráneos; e) proteger la integridad y buen funcionamiento de las instalaciones de la Empresa Obras Sanitarias de la Nación. Están alcanzados por el régimen instituido por el presente Decreto todos los establecimientos industriales o especiales que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por la depuración de aquéllos o conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua, de modo que directa o indirectamente puedan contaminar las fuentes de agua, dañar las instalaciones de la Empresa Obras Sanitarias de la Nación o afectar la salud de la población. El artículo 6º introduce un derecho especial para el control de la contaminación que deberá ser abonado por todo establecimiento que efectúe vertidos con parámetros cuyas concentraciones superen los límites permisibles fijados. Los artículos 14 y 15 describen las infracciones que serán pasibles de las sanciones previstas por la Ley Nº 13.577 o introducidas por el presente Decreto. Texto completo Español Página web www.medioambiente.gov.ar Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 13.577 de Obras Sanitarias de la Nación. Legislación | Argentina | 1949 (1979) Palabra clave: Control de la contaminación, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Institución, Aguas subterráneas Fuente: FAO, FAOLEX Implementado por Resolución Nº 555/2012 - Apruébanse las reglas para la confección y presentación de la documentación técnica exigidas para establecimientos industriales y/o especiales alcanzados por el Decreto Nº 674/89. Legislación | Argentina | 2012 Palabra clave: Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Recopilación de datos/informes, Control de la contaminación Fuente: FAO, FAOLEX Resolución Nº 777/05 - Corte del servicio de desagüe industrial en los casos en que el efluente no se ajusta a las normas de admisibilidad. Legislación | Argentina | 2005 Palabra clave: Control de la contaminación, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Residuos no domésticos, Infracciones/sanciones, Gestión de desechos Fuente: FAO, FAOLEX Resolución Nº 79.179/90 - Disposiciones Instrumentales para la aplicación del Decreto Nº 674/89, reglamentario de la Ley Nº 13.577 de Obras Sanitarias de la Nación. Legislación | Argentina | 1990 (1999) Palabra clave: Control de la contaminación, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Residuos no domésticos, Infracciones/sanciones, Normas Fuente: FAO, FAOLEX Resolución Nº 242/93 - Normas para los vertidos de establecimientos industriales o especiales alcanzados por el Decreto Nº 674/89 que contengan sustancias peligrosas de naturaleza ecotóxicas. Legislación | Argentina | 1993 Palabra clave: Control de la contaminación, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Residuos no domésticos, Sustancias peligrosas, Gestión de desechos Fuente: FAO, FAOLEX Resolución Nº 591/2015 - Fíjase multa para establecimientos industriales y/o especiales. Legislación | Argentina | 2015 Palabra clave: Infracciones/sanciones, Control de la contaminación, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Tarifas/cánones relativos al medio ambiente, Residuos no domésticos, Negocios/industria/corporaciones Fuente: FAO, FAOLEX