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Decreto Nº 6 - Escinde del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), el Viceministerio de Acuacultura y Pesca y crea el Ministerio de Acuacultura y Pesca.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial Nº 16 Suplemento, 16 de junio de 2017.
Materia
Agricultura y desarrollo rural, Ganado, Pesca, Cultivos
Palabra clave
Institución Política/planificación Desarrollo agrícola Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto escinde del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), el Viceministerio de Acuacultura y Pesca, y crea el Ministerio de Acuacultura y Pesca. El Ministerio de Acuacultura y Pesca, en su calidad de Ministerio Sectorial, será el rector y ejecutor de la política de acuacultura y pesca, en tal virtud, el encargado de formular, planificar, dirigir, gestionar y coordinar la aplicación de directrices, planes, programas y proyectos de dichos sectores. Todos los derechos y obligaciones constantes de convenios, contratos u otros instrumentos jurídicos, nacionales o internacionales, serán asumidos por el Ministerio de Acuacultura y Pesca, siempre y cuando se enmarquen en el ámbito de su competencia.

Texto completo
Español
Página web
www.registroficial.gob.ec

Referencias - Legislación

Revocado por

Decreto Nº 559 - Fusiona por absorción al Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones las siguientes instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras y el Ministerio de Acuacultura y Pesca.

Legislación | Ecuador | 2018

Palabra clave: Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos

Fuente: FAO, FAOLEX