Decreto Nº 55 - Servidumbres de aguas. País/Territorio Panamá Tipo de documento Reglamento Fecha 1973 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Abastecimiento de agua Servidumbre Autorización/permiso Irrigación Derechos de agua Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste Resumen El objetivo de este Decreto es especificar cuáles son las servidumbres, su contenido, las obligaciones que generan, el procedimiento y la autoridad que las impone. El capítulo I, dedica 7 artículos a regular las servidumbres naturales, disponiendo que los predios inferiores están obligados a recibir las aguas que naturalmente desciendan de los superiores, así como la tierra o piedras que arrastren en su curso. El Decreto establece 3 clases de servidumbres legales: la de acueducto y sus accesorios, la de abrevadero y saca de agua, y la de aprovechamiento de aguas subterráneas. El capítulo IV está dedicado a las riberas, márgenes y camino de sirga. El capítulo V señala el procedimiento para constituir las servidumbres descritas. Texto completo Español