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Decreto Nº 47-2018 ─ Autoriza al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) al refinanciamiento o recaudación de la cartera total de fondos propios destinados al financiamiento del Sector Agrícola.

País/Territorio
Honduras
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 34.707, 1º de agosto de 2018.
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Institución Desarrollo agrícola Crédito Medidas financieras agrícolas Subvención/incentivo
Área geográphica
Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Decreto Legislativo ordena al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) para que proceda al refinanciamiento o readecuación de la cartera total de fondos propios destinados al financiamiento del Sector Agrícola (granos básicos, ganadería, caficultura, palma aceitera hondureña, etc), así como a otra cartera que esté orientada a otros rubros. Además, queda autorizado para refinanciar o readecuar la cartera total de los Fideicomisos constituidos por el Gobierno de Honduras a través de las diferentes Secretarías de Estado. BANADESA realizará los respectivos refinanciamientos o readecuaciones a un plazo de hasta veinte años a una tasa de interés del dos por ciento. En el caso que los beneficiarios del presente Decreto incumplan con dos pagos semestrales consecutivos al Banco, la deuda volverá a su estatus original a la aplicación del presente Decreto.

Texto completo
Español
Página web
www.lagacetea.hn

Referencias - Legislación

Implementado por

Decreto Nº 195-2018 ─ Precisa las condiciones para que el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) realice el refinanciamiento o recaudación de la cartera total de fondos propios destinados al financiamiento del Sector Agrícola.

Legislación | Honduras | 2019

Palabra clave: Institución, Desarrollo agrícola, Crédito, Medidas financieras agrícolas, Subvención/incentivo, Tasa/impuesto

Fuente: FAO, FAOLEX