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Decreto No. 46-2022 - Ley especial para garantizar el servicio de la energía eléctrica como un bien público de seguridad nacional y un derecho humano de naturaleza económica y social.

País/Territorio
Honduras
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2022
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 35.925, 16 de Mayo de 2022.
Materia
Energía, Agua, General
Palabra clave
Derechos humanos Conservación de energía/producción de energía Protección del consumidor Contrato/acuerdo Negocios/industria/corporaciones Energía renovable Producción de energía hidroeléctrica Gobernanza Instalaciones
Área geográphica
Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Entry into force notes
16 de mayo de 2022.
Resumen

La presente Ley declara en su artículo 1º el servicio de la energía eléctrica como un bien público de seguridad nacional y un derecho humano de naturaleza económica y social. Se declara asimismo en emergencia nacional el subsector eléctrico y se autoriza al Poder Ejecutivo y la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) para la implementación de un Plan de Emergencia para la Recuperación del Subsector y el rescate de la Empresa Pública. El Estado de Honduras asume la obligación de garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica a toda la población urbana y rural, y ejercerá el control a través de la ENEE.

Texto completo
Español
Página web
www.tsc.gob.hn

Referencias - Legislación

Enmienda

Decreto Nº 404-2013 ─ Ley general de la industria eléctrica.

Legislación | Honduras | 2014

Palabra clave: Conservación de energía/producción de energía, Energía renovable, Bioenergía, Biocombustible, Subvención/incentivo, Eco-productos/ecoprocesos, Política/planificación, Producción de energía hidroeléctrica, Comercio interior, Comercio internacional, Transporte/depósito, Negocios/industria/corporaciones, Contrato/acuerdo

Fuente: FAO, FAOLEX