Decreto Nº 41851-MP-MINAE-MAG ─ Reglamento de registro de pozos sin número y habilitación del trámite de concesión de aguas subterráneas. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 139, Alcance 167, 24 de julio de 2019. Materia Agua Palabra clave Aguas subterráneas Captación de agua Perforación de pozos/pozos Registro Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Concesión Autorización/permiso Derechos de agua Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento de registro de pozos sin número y habilitación del trámite de concesión de aguas subterráneas, tiene por objeto establecer el procedimiento para la inscripción y registro regulado de pozos perforados sin permiso de perforación y el trámite respectivo para la obtención de la concesión de aprovechamiento de aguas, y se habilita a todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, a inscribir los pozos que se hayan perforado sin autorización antes de abril de 2010 fecha de la última amnistía y solicitar la respectiva concesión de aprovechamiento de agua. Texto completo Español Página web www.gaceta.go.cr