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Decreto Nº 41307-S ─ Reglamenta el cobro por los servicios que brinda el Ministerio de Salud relacionados con el registro y control de los productos de interés sanitario que se fabrican en el territorio nacional.

País/Territorio
Costa Rica
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 177, Alcance 171, 26 de septiembre de 2018.
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Productos silvestres Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Registro Comercio interior Tasa/impuesto Higiene/procedimientos sanitarios Entidad no gubernamental
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Reglamento tiene como objeto regular el cobro que realizará el Ministerio de Salud por los servicios que brinda relacionados con el registro y control de los productos de interés sanitario, a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MICROPYMES) y a los emprendimientos productivos de interés social que fabrican este tipo de productos en el territorio nacional. Se entiende por Emprendimientos productivos de interés social a aquellas empresas que fabrican productos de interés sanitario en el territorio nacional y que son beneficiarias del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), ya que califican en condición de pobreza y pobreza extrema y por lo tanto no cuentan con recursos económicos para cumplir con el requisito de pago por los servicios que gestione ante el Ministerio de Salud.

Texto completo
Español
Página web
www.gaceta.go.cr

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 29317-S ─ Reglamento para la inscripción, importación y publicidad de productos con base en recursos naturales industrializados y con cualidades medicinales.

Legislación | Costa Rica | 2000

Palabra clave: Productos silvestres, Registro, Comercio internacional, Comercio interior, Higiene/procedimientos sanitarios, Normas, Certificación

Fuente: FAO, FAOLEX