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Decreto Nº 41052-S ─ Reglamento de centros de recuperación de residuos valorizables.

País/Territorio
Costa Rica
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 97, Alcance 112, 1º de junio de 2018.
Materia
Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Gestión de desechos Residuos no domésticos Eliminación de desechos Residuos sólidos Reciclado/reutilización Transporte/depósito Residuos peligrosos Registro
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Decreto aprueba el Reglamento de centros de recuperación de residuos valorizables, que establece los requisitos y condiciones físico-sanitarias que deben cumplir los centros de recuperación de residuos valorizables para su funcionamiento, en armonía con la salud y el ambiente en el territorio nacional. Los propietarios, administradores y arrendatarios de los centros de recuperación de residuos valorizables, deberán mantener las instalaciones en buen estado de conservación y evitar que las mismas se conviertan en un lugar insalubre, fuente de generación de ruidos, de olores molestos, reproducción de insectos, roedores o cualquier otra fauna nociva para el ser humano. Las posibles molestias que genere, deberán ser confinadas dentro de la propiedad, sin que sea esto un riesgo para sus trabajadores, ocupantes, visitantes y del vecindario. Todo centro de recuperación de residuos valorizables debe contar con un Plan de Control de Plagas, documentado e implementado, para evitar la aparición de criaderos o albergue para organismos vectores.

Texto completo
Español
Página web
www.gaceta.go.cr

Referencias - Legislación

Revoca

Decreto Nº 35906-S ─ Reglamento de Centros de Recuperación de Residuos Valorizables.

Legislación | Costa Rica | 2010

Palabra clave: Gestión de desechos, Residuos no domésticos, Eliminación de desechos, Residuos sólidos, Reciclado/reutilización, Transporte/depósito, Residuos peligrosos

Fuente: FAO, FAOLEX