Decreto Nº 41052-S ─ Reglamento de centros de recuperación de residuos valorizables. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2018 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 97, Alcance 112, 1º de junio de 2018. Materia Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Gestión de desechos Residuos no domésticos Eliminación de desechos Residuos sólidos Reciclado/reutilización Transporte/depósito Residuos peligrosos Registro Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento de centros de recuperación de residuos valorizables, que establece los requisitos y condiciones físico-sanitarias que deben cumplir los centros de recuperación de residuos valorizables para su funcionamiento, en armonía con la salud y el ambiente en el territorio nacional. Los propietarios, administradores y arrendatarios de los centros de recuperación de residuos valorizables, deberán mantener las instalaciones en buen estado de conservación y evitar que las mismas se conviertan en un lugar insalubre, fuente de generación de ruidos, de olores molestos, reproducción de insectos, roedores o cualquier otra fauna nociva para el ser humano. Las posibles molestias que genere, deberán ser confinadas dentro de la propiedad, sin que sea esto un riesgo para sus trabajadores, ocupantes, visitantes y del vecindario. Todo centro de recuperación de residuos valorizables debe contar con un Plan de Control de Plagas, documentado e implementado, para evitar la aparición de criaderos o albergue para organismos vectores. Texto completo Español Página web www.gaceta.go.cr Referencias - Legislación Revoca Decreto Nº 35906-S ─ Reglamento de Centros de Recuperación de Residuos Valorizables. Legislación | Costa Rica | 2010 Palabra clave: Gestión de desechos, Residuos no domésticos, Eliminación de desechos, Residuos sólidos, Reciclado/reutilización, Transporte/depósito, Residuos peligrosos Fuente: FAO, FAOLEX