Decreto Nº 407 - Disposiciones sobre aguas de uso público. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 1949 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Prioridades Irrigación Producción de energía hidroeléctrica Abastecimiento de agua Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Servidumbre Instalaciones Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto dicta disposiciones sobre aguas de uso público y aprovechamiento de las mismas, declarando que hay grave motivo de utilidad pública e interés social para decretar la enajenación forzosa o expropiación de todos los bienes y derechos que sean necesarios para la construcción de presas de aguas, embalses, obras de regadío, acueductos, así como para el aprovechamiento hidráulico, industrial o agrícola de dichas obras. La declaración de utilidad pública se extenderá a las zonas de terreno que sean necesarias para la apertura de carreteras, caminos, o vías de comunicación en general, imposición de servidumbres como las de acueducto y canalizaciones eléctricas, y toda clase de trabajos o construcciones. Texto completo Español