Decreto Nº 4 - Crea consejo asesor ministerial denominado Consejo de Exministros de Agricultura País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural, Alimentación y nutrición Palabra clave Gobernanza Institución Peligros Escasez de agua/sequía Seguridad alimentaria Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución crea, bajo la denominación "Consejo de Exministros de Agricultura", un consejo asesor, de carácter consultivo, conformados por los exministros de Agricultura, que tiene como objetivo la construcción de estrategias de largo plazo para la prevención y manejo de emergencias que amenacen o pongan en peligro el normal abastecimiento alimentario de la población. El Consejo tendrá como función: (a) Asesorar a las autoridades del Ministerio de Agricultura en todo tipo de contingencias que pongan en riesgo el normal funcionamiento de la cadena alimentaria; (b) Proponer acciones que propicien oportunidades económicas en los espacios rurales y contribuyan al desarrollo sustentable en dicho contexto; (c) Recomendar medidas para generar y/o mejorar la información necesaria para la toma de decisiones en materias de emergencias, sequías, catástrofes o plagas; (d) evaluar la necesidad de iniciativas o modificaciones normativas que faciliten la implementación de políticas y acciones en la materia; (e) Realizar recomendaciones destinadas a promover el fortalecimiento de grupos y organizaciones entre los diferentes actores de la actividad silvoagropecuaria, especialmente a nivel regional y local. Integrarán el Consejo de exministros de Agricultura, todos quienes habiendo ejercido como titulares el cargo de Ministro de Agricultura, deseen voluntariamente integrar dicha instancia. No recibirán por ello stipendio o remuneración alguna por parte del Ministerio de Agricultura. El Consejo sesionará en forma ordinaria al menos una vez al año y en forma extraordinaria cuando las circunstancias así lo ameriten. En caso que se estime necesario, el Consejo podrá conformar comités de trabajo sobre temas de interés relacionados con sus funciones. Texto completo Español Página web www.diariooficial.interior.gob.cl