Decreto Nº 3.980/99 - Aprueba el Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el Uso de Tecnologías Alternativas. País/Territorio Paraguay Tipo de documento Reglamento Fecha 1999 Fuente FAO, FAOLEX Materia Aire y atmósfera, Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Control de la contaminación Capa de ozono Autorización/permiso Registro Sustancias peligrosas Comercio internacional Área geográphica Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO) y el Uso de Tecnologías Alternativas, el cual tiene por objeto proporcionar apoyo para la ejecución de los proyectos nacionales para la protección de la capa de ozono. El Reglamento está compuesto por los siguientes capítulos: (I) Del objeto de aplicación; (II) De la competencia; (III) De las sustancias agotadoras del ozono; (IV) Del Registro de Importaciones de SAO y asignación de cuotas; (V) De las licencias de importación de SAO; (VI) La fabricación de SAO en el Paraguay; (VII) Del uso de CFC para inhaladores de dosis de medidas; (VIII) De los envases utilizados para importación y exportación de SAO; (IX) De la importación de los equipos que usan SAO y los que usan alternativas no SAO. Texto completo Español Página web www.idea.org.py Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 7.789/06 - Modifica y amplía el Decreto Nº 3.980/99, que aprueba el Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el Uso de Tecnologías Alternativas. Legislación | Paraguay | 2006 Palabra clave: Control de la contaminación, Capa de ozono, Sustancias peligrosas Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Decreto Nº 12685/08 - Reglamento de control de sustancias agotadoras de la capa de ozono y el uso de tecnologías alternativas. Legislación | Paraguay | 2008 Palabra clave: Capa de ozono, Comercio internacional, Autorización/permiso, Recopilación de datos/informes, Control de la contaminación, Sustancias peligrosas, Restricciones para el uso, Cuestiones de procedimiento, Comercio interior Fuente: FAO, FAOLEX