Decreto Nº 39.437/MINAE - Política Sectorial para los precios de gas licuado de petróleo, bunker, asfalto y emulsión asfáltica. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 8, Alcance 4, 13 de enero de 206. Materia Energía Palabra clave Institución Política/planificación Conservación de energía/producción de energía Comercio interior Energía renovable Planificación ambiental Cambio climático Hidrocarburos Gas natural Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, AMERICA LATINA Y EL CARIBE FAO, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto declara de interés público la Política Sectorial para los precios de gas licuado de petróleo (GLP), bunker, asfalto y emulsión asfáltica. La Política constituye el marco orientador para lograr que los precios de venta de GLP, bunker, asfalto, emulsión asfáltica a partir del 2016 tengan una relación con respecto al precio internacional similar a la vigente en el período 2008-2015, en el tanto no exista disponibilidad de combustibles alternativos más limpios a precios competitivos y no haya capacidad de suministro de los mismos a nivel nacional. Texto completo Español Página web www.imprentanacional.go.cr Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 39.219/MINAE - VII Plan Nacional de Energía 2015-2030. Legislación | Costa Rica | 2015 Palabra clave: Institución, Política/planificación, Conservación de energía/producción de energía, Comercio interior, Energía renovable, Planificación ambiental, Cambio climático, Hidrocarburos Fuente: FAO, FAOLEX