Decreto Nº 392/006 - Fija una veda para la pesca comercial de tararira, bagre amarillo o bagre pintado y pejerrey. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2006 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 27.109, 31 de octubre de 2006. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Pesca continental Peces diádromos Temporadas Protecíon de las especies Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen El presente Decereto fija una veda para la pesca comercial de tararira, bagre amarillo o bagre pintado y pejerrey en aguas jurisdiccionales de la República, en la Laguna Merín, Laguna de Castillos, Laguna de Rocha, Laguna Garzón, Laguna José Ignacio, y sus ríos y arroyos tributarios. Dicha veda se extenderá cada año del 1º de noviembre al 31 de enero del año siguiente. Texto completo Español