Decreto Nº 38.972/MAG - Reglamento de la Ley Nº 6.289, que crea la Oficina Nacional de Semillas. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 92, 14 de mayo de 2015. Materia Cultivos Palabra clave Institución Materiales de propagación/semillas Registro Higiene/procedimientos sanitarios Comercio interior Certificación Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Normas Derechos de propiedad intelectual/patentes Producción vegetal Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento a la Ley de la Oficina Nacional de Semillas, que tiene como finalidad fomentar, mejorar y organizar la producción y uso de semillas, mediante la promoción, normalización, protección, regulación y control de su producción y comercio. Para la ejecución de sus funciones la Oficina Nacional de Semillas elaborará los respectivos Reglamentos Técnicos para la Certificación y Control de Calidad de las semillas, la Importación, Exportación y Comercialización, el Registro de Variedades Comerciales y Protegidas. Asimismo, emitirá las correspondientes Directrices Técnicas de calidad para la producción de semilla de los diferentes cultivos. Texto completo Español Página web www.imprentanacional.go.cr Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 6289 - Crea la Oficina Nacional de Semillas. Legislación | Costa Rica | 1978 Palabra clave: Institución, Materiales de propagación/semillas, Registro, Higiene/procedimientos sanitarios, Comercio interior, Certificación, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Normas, Producción vegetal Fuente: FAO, FAOLEX