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Decreto Nº 38.972/MAG - Reglamento de la Ley Nº 6.289, que crea la Oficina Nacional de Semillas.

País/Territorio
Costa Rica
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2014
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 92, 14 de mayo de 2015.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Institución Materiales de propagación/semillas Registro Higiene/procedimientos sanitarios Comercio interior Certificación Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Normas Derechos de propiedad intelectual/patentes Producción vegetal
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Decreto aprueba el Reglamento a la Ley de la Oficina Nacional de Semillas, que tiene como finalidad fomentar, mejorar y organizar la producción y uso de semillas, mediante la promoción, normalización, protección, regulación y control de su producción y comercio. Para la ejecución de sus funciones la Oficina Nacional de Semillas elaborará los respectivos Reglamentos Técnicos para la Certificación y Control de Calidad de las semillas, la Importación, Exportación y Comercialización, el Registro de Variedades Comerciales y Protegidas. Asimismo, emitirá las correspondientes Directrices Técnicas de calidad para la producción de semilla de los diferentes cultivos.

Texto completo
Español
Página web
www.imprentanacional.go.cr

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 6289 - Crea la Oficina Nacional de Semillas.

Legislación | Costa Rica | 1978

Palabra clave: Institución, Materiales de propagación/semillas, Registro, Higiene/procedimientos sanitarios, Comercio interior, Certificación, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Normas, Producción vegetal

Fuente: FAO, FAOLEX