Decreto Nº 38928-S ─ Reglamento sobre rellenos sanitarios. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº La Gaceta Nº 83, Alcance Nº 29, 30 de abril de 2014. Materia Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Control de la contaminación Gestión de desechos Eliminación de desechos Residuos sólidos Contaminación del suelo/calidad Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento sobre rellenos sanitarios, tiene como objetivo establecer los requisitos y condiciones físicas y sanitarias que deben cumplir los rellenos tanto en su ubicación, diseño, construcción, operación y mantenimiento, como respecto a su mantenimiento posterior a la vida útil. Establece, además, los requerimientos y condiciones para obras de cierre de vertedero y la reconversión a relleno sanitario, con la finalidad de proteger la salud pública y el ambiente. El reglamento se aplica a todos los rellenos sanitarios, reconversión de vertederos a rellenos sanitarios y obras de cierre de vertederos. Texto completo Español Página web www.imprentanacional.go.cr Referencias - Legislación Revoca Decreto Nº 27378-S — Reglamento sobre rellenos sanitarios. Legislación | Costa Rica | 1998 Palabra clave: Control de la contaminación, Gestión de desechos, Eliminación de desechos, Residuos sólidos, Contaminación del suelo/calidad Fuente: FAO, FAOLEX Enmendado porr Decreto Nº 41525-S ─ Reglamento para el trámite digital de registros y autorizaciones del Ministerio de Salud en la gestión de residuos en la plataforma SINIGIR. Legislación | Costa Rica | 2018 Palabra clave: Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Registro, Autorización/permiso, Recopilación de datos/informes, Gestión de desechos, Residuos domésticos, Residuos no domésticos, Residuos sólidos, Residuos peligrosos, Transporte/depósito, Comercio internacional, Reciclado/reutilización, Inventarios Fuente: FAO, FAOLEX