Decreto Nº 388 - Reglamento de sustitución de embarcaciones artesanales y de reemplazo de la inscripción de pescadores en el Registro Artesanal. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1995 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca artesanal Pesca marítima Embarcación de pesca Registro Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto introduce normas relativas a la sustitución de embarcaciones artesanales, la cual tendrá lugar cuando se suspenda trasitoriamente la inscripción en el Registro Artesanal. Por otro lado, establece el procedimiento en virtud del cual durante el período de suspensión de las inscripciones en el Registro Artesanal podrán reemplazarse las inscripciones vacantes. Texto completo Español Página web www.sernapesca.cl Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 104 - Modifica Decreto Nº 388 de 1995, que estableció el Reglamento de sustitución de embarcaciones artesanales y de reemplazo de la inscripción de pescadores en el Registro Artesanal. Legislación | Chile | 2012 Palabra clave: Pesca artesanal, Pesca marítima, Embarcación de pesca, Registro Fuente: FAO, FAOLEX