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Decreto Nº 3.860 - Mediante el cual se crea el Centro Nacional de Investigación de Pesca y Acuicultura, con carácter de Servicio Desconcentrado de la Administración Pública Nacional (CENIPA).

País/Territorio
Venezuela, Rep. Boliv. de
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2019
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial N° 41.643, 29 de mayo de 2019.
Materia
Pesca
Palabra clave
Institución Pesca marítima Pesca continental Acuicultura Marinocultura Investigación Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Política/planificación Comercio interior Comercio internacional Procesamiento/manipulación EIA
Área geográphica
Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur
Entry into force notes
Este Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Resumen

El presente Decreto crea el Centro Nacional de Investigación de Pesca y Acuicultura (CENIPA), con carácter de Servicio Desconcentrado de la Administración Pública Nacional, sin personalidad jurídica, con autonomía administrativa, presupuestaria, financiera y de gestión sobre los recursos que le correspondan, adscrito al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de pesca y acuicultura. CENIPA tendrá por objeto definir, diseñar, coordinar y ejecutar planes, programas y proyectos de investigación científica, innovación, desarrollo tecnológico, asesoramiento, formación, capacitación y prestación de servicios especializados en el sector pesquero, acuícola y sus actividades conexas, orientados a contribuir al desarrollo sostenible y competitivo del área así como el progreso de los territorios continentales y marítimos, a través de la transferencia de conocimientos a distintos espacios de saberes, de sectores públicos o privados.

Texto completo
Español
Página web
www.pandectasdigital.blogspot.com