Decreto Nº 385/012 - Dispónese la apertura de la pesquería de la especie pez espada. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 28.608, 3 de diciembre de 2012, págs. 8 y 9. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Volumen admisible de captura Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por el presente Decreto se dispone la apertura de la pesquería de pez espada. Este aumento del esfuerzo de pesca sobre dicha especie tiene por finalidad volver nuevamente al esfuerzo que corresponde a la captura total permisible y a la cuota autorizada por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico. Texto completo Español