Decreto Nº 37.350/S - Reglamento para el permiso sanitario de funcionamiento de los bancos y centros de recolección de leche humana. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 204, Alcance Nº 161, 23 de octubre de 2012. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Alactamiento/alimentos para niños Institución Higiene/procedimientos sanitarios Autorización/permiso Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Nutrición Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento para el permiso sanitario de funcionamiento de los bancos y centros de recolección de leche humana, que establece las condiciones que deben cumplir todos los bancos y centros de recolección de leche humana para otorgarles el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud, previo cumplimiento de los requisitos necesarios, acordes con los mandatos constitucionales y legales, en materia de salud y ambiente, que garanticen a la población que el servicio ofrecido cumple con los aspectos de calidad, seguridad, equidad, igualdad y accesibilidad requeridos. Texto completo Español Página web www.gaceta.go.cr Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 37.271/S - Norma Nacional para Bancos y Centros de Recolección de Leche Humana. Legislación | Costa Rica | 2011 Palabra clave: Alactamiento/alimentos para niños, Institución, Higiene/procedimientos sanitarios, Nutrición, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Derecho a la alimentación, Derechos humanos Fuente: FAO, FAOLEX