Decreto Nº 37.271/S - Norma Nacional para Bancos y Centros de Recolección de Leche Humana. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 182, Alcance Nº 135, 20 de septiembre de 2012. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Alactamiento/alimentos para niños Institución Higiene/procedimientos sanitarios Nutrición Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Derecho a la alimentación Derechos humanos Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto oficializa para efectos de aplicación obligatoria en los bancos y centros de recolección de leche humana públicos y privados la Norma Nacional para Bancos y Centros de Recolección de Leche Humana, con la finalidad de favorecer a los niños seleccionados como beneficiarios prioritarios con las ventajas inmunológicas de la leche materna, llenar las necesidades nutricionales de los niños hospitalizados, y estimular la donación de leche materna. Texto completo Español Página web www.gaceta.go.cr Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 34.320/J - Declara de interés público la creación de bancos de leche humana. Legislación | Costa Rica | 2007 Palabra clave: Alactamiento/alimentos para niños, Nutrición, Institución Fuente: FAO, FAOLEX Implementado por Decreto Nº 37.350/S - Reglamento para el permiso sanitario de funcionamiento de los bancos y centros de recolección de leche humana. Legislación | Costa Rica | 2012 Palabra clave: Alactamiento/alimentos para niños, Institución, Higiene/procedimientos sanitarios, Autorización/permiso, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Nutrición Fuente: FAO, FAOLEX