Decreto Nº 371 - Suspende por un año la recepción de solicitudes y el otorgamiento de autorizaciones de pesca para el recurso Langostino amarillo. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial, 9 de julio de 2001. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Crustáceos Temporadas Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto suspende la recepción de solicitudes y el otorgamiento de nuevas autorizaciones de pesca referidas a la unidad de pesquería de la especie Langostino amarillo (Cervimunida johni), por el término de un año, contado desde el 28 de julio de 2001. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 377 - Declara la unidad de pesquería de la especie Langostino amarillo en estado y régimen de plena explotación. Legislación | Chile | 1995 Palabra clave: Pesca marítima, Volumen admisible de captura, Crustáceos, Animales acuáticos Fuente: FAO, FAOLEX