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Decreto Nº 37/007 - Suspende el tratamiento de solicitudes de autorización para introducir eventos de organismos vivos de origen vegetal y sus partes genéticamente modificadas y crea un Grupo de Trabajo Interministerial.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2007
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 27.176, 6 de febrero de 2007.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Institución Biotecnología Organismo genéticamente modificado (OGM)
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

El presente Decreto suspende el tratamiento de nuevas solicitdes de autorización para introducir eventos de organismos vivos de origen vegetal y sus partes genéticamente modificadas para cualquiera de los propósitos definidos por el Decreto Nº 249 de 2000. Asimismo, crea un Grupo de Trabajo Interministerial que se encargará de diseñar los lineamientos y políticas sobre biotecnología.

Texto completo
Español
Página web
www.presidencia.gub.uy

Referencias - Legislación

Revocado por

Decreto N° 353/008 – Bioseguridad de vegetales genéticamente modificados.

Legislación | Uruguay | 2008

Palabra clave: Organismo genéticamente modificado (OGM), Bioseguridad, Biotecnología, Institución, Autorización/permiso, Comercio internacional

Fuente: FAO, FAOLEX