Decreto Nº 366 - Ley para Fomentar la Donación Altruista en Materia Alimentaria para el Estado de Colima. País/Territorio México Subdivisión territorial Colima Tipo de documento Legislación Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Periódico Oficial del Estado de Colima Nº 36, 23 de agosto de 2003. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Pobreza Seguridad alimentaria Desperdicio de alimentos Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen Esta Ley tiene por objeto impulsar acciones altruistas tendientes a coadyuvar en la satisfacción de las necesidades alimentarias de las personas que no cuentan con los medios mínimos para satisfacer sus necesidades elementales. Sus disposiciones establecen las condiciones para llevar a cabo las acciones de donación. Queda prohibido en el Estado el desperdicio de productos alimenticios, naturales y procesados, por parte de mayoristas y medio mayoristas, cuando sean susceptibles de donación para su aprovechamiento altruista por instituciones de asistencia reconocidas por las autoridades competentes (art. 3º). Texto completo Español Página web www.congresocol.gob.mx