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Decreto Nº 3.609 - Norma del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA) (Libro III, Título VIII del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería).

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2003 (2011)
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial, Suplemento Especial Nº 1, 20 de marzo de 2003.
Materia
Ganado, Cultivos
Palabra clave
Institución Protección de los animales Protección vegetal Higiene/procedimientos sanitarios Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Extensión agrícola Desarrollo agrícola
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Norma del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA), establece establece el SESA como una entidad de autogestión, de derecho público y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), que tendrá a su cargo el cumplimiento de la política de sanidad agropecuaria. Los fines del SESA son: 1) Proteger y mejorar, en coordinación con otras instituciones, el estado sanitario y fitosanitario de la población ganadera y de los cultivos agrícolas, de sus productos, subproductos y derivados, así como la inocuidad de alimentos tanto para el consumo interno cuanto para el comercio externo; 2) Diagnosticar, prevenir, controlar e impedir la diseminación de plagas y enfermedades que afecten la producción agropecuaria, normando la movilización de especies vegetales y animales, productos, subproductos y derivados; 3) Establecer los mecanismos y procedimientos de control necesarios, para impedir el ingreso y diseminación de plagas exóticas o de importancia cuarentenaria; 4) Promover, facilitar y fortalecer la participación del sector privado en las actividades sanitarias, fitosanitarias, de semillas y otras que le competen; 5) Regular y controlar la calidad sanitaria y fitosanitaria y la inocuidad de los productos agropecuarios; 6) Regular y controlar la calidad de los plaguicidas, abonos y fertilizantes, semillas, organismos vivos modificados, material vegetal de propagación, material genético animal y productos de uso veterinario, con el propósito de proteger la salud humana, animal, vegetal y ambiental; 7) Recaudar y administrar las tasas por los servicios que preste el SESA; 8) Promover, implantar y supervisar las actividades de certificación agro-ecológica de productos agropecuarios, y de sus procesos productivos y de comercialización, que permitan establecer los mecanismos de difusión, aprobación, registro y control que requieran; 9) Participar en la negociación de acuerdos bilaterales y multilaterales con implicaciones sanitarias, fitosanitarias, de semillas y de inocuidad de alimentos.

Texto completo
Español
Página web
www.agrocalidad.gob.ec

Referencias - Legislación

Revoca

Decreto Nº 2.055 - Crea el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA).

Legislación | Ecuador | 2001

Palabra clave: Institución, Protección de los animales, Protección vegetal, Higiene/procedimientos sanitarios, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Extensión agrícola, Desarrollo agrícola

Fuente: FAO, FAOLEX

Implementado por

Resolución Nº 24 - Estructura y estatuto orgánico por procesos del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA).

Legislación | Ecuador | 2003

Palabra clave: Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos

Fuente: FAO, FAOLEX