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Decreto Nº 3.597/99 - Reglamenta parcialmente el Código Sanitario.

País/Territorio
Paraguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1999
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Ganado, Alimentación y nutrición
Palabra clave
Higiene/procedimientos sanitarios Condimentos/hierbas/especias Aditivos alimentarios Registro Comercio interior Comercio internacional Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Alimentos para animales/piensos
Área geográphica
Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur
Resumen

El presente Decreto declara obligatorio el registro sanitario de sal yodada y no yodada para consumo humano, animal e industria alimenticia, conforme a los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, dicho registro se tramitará en el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN).

Texto completo
Español
Página web
www.ins.gov.py

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 836/80 - Código Sanitario.

Legislación | Paraguay | 1980

Palabra clave: Salud pública, Control de la contaminación, Normas sobre calidad ambiental, Eliminación de desechos, Gestión de desechos, Residuos no domésticos, Zona protegida, Contaminación acústica, Recopilación de datos/informes, Acceso-a-la-información, Sustancias peligrosas, Normas, Protección del medio ambiente, Legislación básica, Higiene/procedimientos sanitarios, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Inspección, Procesamiento/manipulación, Transporte/depósito, Comercio interior, Venta, Aditivos alimentarios, Agua potable, Normas sobre calidad del agua

Fuente: FAO, FAOLEX

Implementado por

Resolución Nº 344/99 - Reglamenta el Decreto Nº 3.597/99, que establece los requisitos para la sal de consumo humano, animal e industria alimenticia.

Legislación | Paraguay | 1999

Palabra clave: Higiene/procedimientos sanitarios, Condimentos/hierbas/especias, Aditivos alimentarios, Registro, Comercio interior, Comercio internacional, Normas, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Alimentos para animales/piensos, Sanidad animal

Fuente: FAO, FAOLEX