Decreto Nº 354 Exento - Establece prohibición temporal de caza en el área denominada Lago Budi-Lafken-Mapu y áreas adyacentes. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2022 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua, Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Aguas continentales Humedales Biodiversidad Zona protegida Protecíon de las especies Protección del hábitat Caza/captura Fauna silvestre Anfibios Reptiles Pájaros Especies migratorias Turismo Animal dañino/animal peligroso Pueblos indígenas Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece un período de prohibición temporal de 10 años, contados desde la fecha de publicación del mismo en el Diario Oficial, para la caza o captura de animales anfibios, reptiles, aves y mamíferos silvestres en el área denominada "Budi- Lafkenmapu y áreas adyacentes", ubicada en la IX Región, dentro de los deslindes indicados en su artículo primero. Se exceptúan a los individuos pertenecientes a las especies declaradas dañinas. Texto completo Español Página web www.bcn.cl