Decreto Nº 34 - Suspende temporalmente veda biológica del recurso Erizo en áreas y período que indica, y establece cuota de captura que señala. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Animales acuáticos Volumen admisible de captura Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen Este Decreto suspende la veda biológica para el recurso Erizo establecida en el Decreto Nº 439 de 2000 y, además, fija la cuota de captura a ser extraída en las áreas que indica. Texto completo Español Página web www.subpesca.cl Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 439 - Veda biológica para el recurso Erizo en área y período que indica. Legislación | Chile | 2000 Palabra clave: Pesca marítima, Animales acuáticos, Temporadas, Zona de protección pesquera, Incremento del stock/repoblación, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX