Decreto Nº 34 - Excluye a XIV Región de Los Ríos de veda biológica para el recurso Erizo establecida en el Decreto Nº 439 de 2000. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 40.463, 19 de enero de 2013, pág. 8. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Moluscos Temporadas Zona de protección pesquera Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen En virtud de la presente Resolución se excluye a la Región de Los Ríos de la veda biológica establecida para el recurso erizo Loxechinus albus en el artículo 1º del Decreto Nº 439 de 2000, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la X Región y el límite sur de la XI Región. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 439 - Veda biológica para el recurso Erizo en área y período que indica. Legislación | Chile | 2000 Palabra clave: Pesca marítima, Animales acuáticos, Temporadas, Zona de protección pesquera, Incremento del stock/repoblación, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX