Decreto Nº 32/015 - Límites de contaminantes en yerba mate. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Residuos Café/cacao/té Bebidas Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por el presente Decreto se establece que los límites máximos de contaminantes en yerba mate deben adecuarse a los establecidos en el ámbito del MERCOSUR. Por estas disposiciones se pone fin al período de adaptación previsto mediante Decreto Nº 173/014. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Resolución Nº 12/11 - Reglamento Técnico MERCOSUR sobre límites máximos de contaminantes inorgánicos en alimentos. Legislación | 2011 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Toxicidad/envenenamiento, Carne, Residuos, Verduras/legumbres, Frutas/nueces comestibles, Cereales/granos/arroz, Café/cacao/té, Bebidas, Productos agrícolas Fuente: FAO, FAOLEX Revoca Decreto Nº 173/014 - Dispónese un período de adaptación y adecuación del producto Yerba Mate, para el cumplimiento de los límites máximos de contaminantes establecidos por el Reglamento Técnico Mercosur, incorporado al ordenamiento jurídico interno por Decreto 14/013. Legislación | Uruguay | 2014 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Límite máximo de residuos, Café/cacao/té, Bebidas Fuente: FAO, FAOLEX