Decreto Nº 315/86 - Prohíbe la captura y comercialización de cualquier espécimen de hicoteas de los géneros Trachemuy durante un período determinado. País/Territorio República Dominicana Tipo de documento Reglamento Fecha 1986 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Tortugas Normas Temporadas Protecíon de las especies Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen El Decreto, que consta de 3 artículos, establece una veda para la captura y comercialización de cualquier espécimen de hicotecas de los géneros Trachemy (Pseudemys) durante el periodo que va del 1º de marzo al 30 de junio de cada año. Prohibe, además, la captura y comercialización de aquellos ejemplares que no alcancen las tallas que se indican, y de toda hembra independientemente de la talla. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Ley Nº 307/04 - Crea el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA). Legislación | República Dominicana | 2004 Palabra clave: Ley marco, Pesca marítima, Pesca continental, Institución, Marinocultura, Acuicultura, Manejo y conservación pesquera, Uso sostenible, Registro, Instalaciones, Protecíon de las especies, Alta mar, Pesca por extranjeros, Gobernanza, Pesca artesanal, Humedales, Coral, Tortugas, Mamíferos marinos, Áreas marinas protegidas, Zona protegida, Animales acuáticos Fuente: FAO, FAOLEX