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Decreto Nº 3.136 - Reglamento de la Decisión 345 de la Comunidad Andina de Naciones, relativa al régimen común de los derechos de los obtentores de variedades vegetales.

País/Territorio
Venezuela, Rep. Boliv. de
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1998
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial Nº 36.618, 11 de enero de 1999.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Producción vegetal Variedad vegetal Materiales de propagación/semillas Certificación Derechos de seleccionadores/derechos de agricultores Derechos de propiedad intelectual/patentes
Área geográphica
Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur
Resumen

El presente Reglamento tiene como objeto desarrollar los principios contenidos en la Decisión Nº 345 de la Comunidad Andina, a los fines de reconocer y garantizar la adecuada y efectiva protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales. El Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) del Ministerio de Industria y Comercio, será la autoridad nacional competente para la aplicación del Régimen Común de Protección de los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Implementa

Decisión Nº 345 - Régimen común de protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales.

Legislación | 1993

Palabra clave: Variedad vegetal, Materiales de propagación/semillas, Derechos de seleccionadores/derechos de agricultores, Investigación, Certificación, Producción vegetal, Derechos de propiedad intelectual/patentes

Fuente: FAO, FAOLEX