Decreto Nº 310 - Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo. País/Territorio México Subdivisión territorial Michoacán de Ocampo Tipo de documento Legislación Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición, Cultivos Palabra clave Cereales/granos/arroz Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Pueblos indígenas Derecho a la alimentación Derechos humanos Productos agrícolas Desarrollo agrícola Entidad no gubernamental Recursos genéticos Materiales de propagación/semillas Biodiversidad Producción vegetal Cultivos/praderas Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley establece el marco normativo para el desarrollo sustentable del maíz criollo michoacano. Sus disposiciones tienen por objeto: a) fomentar, proteger, y establecer al maíz criollo michoacano, como Patrimonio Alimentario del Estado de Michoacán ; b) la productividad, competitividad, sanidad y biodiversidad del maíz; c) las actividades productivas, artesanales, culinarias y culturales de las comunidades, ejidos y pueblos que descienden de aquellos que originariamente han cultivado el maíz; d) promover el desarrollo sustentable de los productores organizados y registrados que cultivan y producen el maíz criollo e integrarlos al mercado económico y ambiental, con la finalidad que se vean beneficiados ellos y sus comunidades; e) apoyar a los productores originarios y custodios organizados en el desarrollo científico y tecnológico para la creación de proyectos en materia rural; f) crear y definir espacios de organización local, regional y estatal así como establecer líneas de política pública que apoyen la organización de los productores originarios y custodios conforme a lo establecido en la Ley de Organizaciones Agrícolas del Estado de Michoacán; g) crear y mantener actualizado el Inventario de los Centros de Abasto y Fondo de Semillas de Maíz; h) conservar, potenciar y aprovechar sustentablemente al germoplasma que contiene las diversas variedades de maíz criollo. Texto completo Español Página web www.congresomich.gob.mx Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 87 - Ley de organizaciones agrícolas del Estado de Michoacán. Legislación | México | 1997 Palabra clave: Entidad no gubernamental Fuente: FAO, FAOLEX Implementado por Reglamento de la Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo. Legislación | México | 2014 Palabra clave: Cereales/granos/arroz, Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena, Pueblos indígenas, Derecho a la alimentación, Derechos humanos, Productos agrícolas, Desarrollo agrícola, Entidad no gubernamental, Recursos genéticos, Materiales de propagación/semillas, Institución, Producción vegetal, Cultivos/praderas Fuente: FAO, FAOLEX