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Decreto Nº 310 - Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo.

País/Territorio
México
Subdivisión territorial
Michoacán de Ocampo
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2011
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición, Cultivos
Palabra clave
Cereales/granos/arroz Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Pueblos indígenas Derecho a la alimentación Derechos humanos Productos agrícolas Desarrollo agrícola Entidad no gubernamental Recursos genéticos Materiales de propagación/semillas Biodiversidad Producción vegetal Cultivos/praderas
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Ley establece el marco normativo para el desarrollo sustentable del maíz criollo michoacano. Sus disposiciones tienen por objeto: a) fomentar, proteger, y establecer al maíz criollo michoacano, como Patrimonio Alimentario del Estado de Michoacán ; b) la productividad, competitividad, sanidad y biodiversidad del maíz; c) las actividades productivas, artesanales, culinarias y culturales de las comunidades, ejidos y pueblos que descienden de aquellos que originariamente han cultivado el maíz; d) promover el desarrollo sustentable de los productores organizados y registrados que cultivan y producen el maíz criollo e integrarlos al mercado económico y ambiental, con la finalidad que se vean beneficiados ellos y sus comunidades; e) apoyar a los productores originarios y custodios organizados en el desarrollo científico y tecnológico para la creación de proyectos en materia rural; f) crear y definir espacios de organización local, regional y estatal así como establecer líneas de política pública que apoyen la organización de los productores originarios y custodios conforme a lo establecido en la Ley de Organizaciones Agrícolas del Estado de Michoacán; g) crear y mantener actualizado el Inventario de los Centros de Abasto y Fondo de Semillas de Maíz; h) conservar, potenciar y aprovechar sustentablemente al germoplasma que contiene las diversas variedades de maíz criollo.

Texto completo
Español
Página web
www.congresomich.gob.mx

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 87 - Ley de organizaciones agrícolas del Estado de Michoacán.

Legislación | México | 1997

Palabra clave: Entidad no gubernamental

Fuente: FAO, FAOLEX

Implementado por

Reglamento de la Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo.

Legislación | México | 2014

Palabra clave: Cereales/granos/arroz, Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena, Pueblos indígenas, Derecho a la alimentación, Derechos humanos, Productos agrícolas, Desarrollo agrícola, Entidad no gubernamental, Recursos genéticos, Materiales de propagación/semillas, Institución, Producción vegetal, Cultivos/praderas

Fuente: FAO, FAOLEX