El presente Decreto, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, declara zona afectada por la catástrofe derivada de la prolongada sequía a todas las comunas de la Región de Coquimbo y las comunas de Putaendo, Calle Larga, Los Andes, Rinconada, San Esteban, Cabildo, La Ligua, Papudo, Petorca, Zapallar, Hijuelas, La Calera, La Cruz, Nogales, Quillota, Algarrobo, Cartagena, El Quisco, El Tabo, San Antonio, Santo Domingo, Catemu, Llay-Llay, Panquehue, San Felipe, Santa María, Casablanca, Concón, Puchuncaví, Quintero, Valparaíso, Viña del Mar, Limache, Olmué, Quilpué y Villa Alemana de la Región de Valparaíso, por un plazo de doce meses contados desde el 26 de septiembre de 2019. El Presidente de la República, para enfrentar la emergencia, podrá disponer la aplicación de las disposiciones contenidas en el decreto supremo Nº 104, de 1977, que fija disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y faculta al Presidente de la República para fijar normas excepcionales. Se designa como como autoridades responsables de la coordinación y ejecución de los programas de recuperación que el Supremo Gobierno determine para las zonas afectadas, a los Intendentes Regionales de Coquimbo y Valparaíso, en sus respectivas regiones. Estas autoridades tendrán amplias facultades para adoptar y aplicar las medidas tendientes a solucionar los problemas que hayan surgido, o que se planteen, como consecuencia de la catástrofe.