Decreto Nº 30 - Reglamenta la Ley Nº 11, que crea el Programa Nacional de Buenas Prácticas y Trazabilidad Agrícola (BPTA). País/Territorio Panamá Tipo de documento Reglamento Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 28.803, 25 de junio de 2019. Materia Agricultura y desarrollo rural, Ganado, Alimentación y nutrición, Cultivos, Agua Palabra clave Explotación agrícola Registro Desarrollo agrícola Institución Rastreabilidad/rastreo de productos Acceso-a-la-información Productos agrícolas Higiene/procedimientos sanitarios Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Certificación Límite máximo de residuos Alimentos para animales/piensos Contaminación del suelo/calidad Materiales de propagación/semillas Manejo integrado de plagas/estrategias de manejo de plagas Producción vegetal Contaminación de las aguas dulces Irrigación Normas sobre calidad del agua Efluente de aguas residuales/vertido Control de la contaminación Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento de la Ley que crea el Programa Nacional de Buenas Prácticas y Trazabilidad Agrícola (PN-BPTA) de la Dirección Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, el cual dispone que todas las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la producción de alimentos de origen vegetal para el consumo humano y animal dirigidos al mercado nacional y de exportación, deben adoptar e implementar el Manual de Procedimientos del PN-BPTA, en conjunto con las recomendaciones contenidas en la Guía Técnica General de Buenas Prácticas Agrícolas para la Producción de Alimentos de Origen Vegetal vigente. Asimismo, toda explotación agrícola que se dedique a la producción primaria de alimento de origen vegetal para el consumo humano y animal en el territorio nacional, debe aplicar Las Buenas Prácticas Agrícolas de las fases preparatoria y de producción en campo de manera obligatoria, e implementar un sistema de registro de manera tal que permita registrar el cumplimiento de todas las actividades en la producción primaria, cosecha, empaque en campo sin transformación y transporte interno en finca. La certificación oficial se obtiene por el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas, siendo esta certificación de carácter voluntario. Texto completo Español Página web www.gacetaoficial.gob.pa Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 11 - Crea el Programa Nacional de Buenas Prácticas y Trazabilidad Agrícola (BPTA). Legislación | Panamá | 2016 Palabra clave: Explotación agrícola, Registro, Desarrollo agrícola, Institución, Rastreabilidad/rastreo de productos, Acceso-a-la-información, Productos agrícolas, Higiene/procedimientos sanitarios, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Certificación, Alimentos para animales/piensos Fuente: FAO, FAOLEX