Decreto Nº 3 - Establece requisitos para efectuar labores de muestreo y análisis de plaguicidas y fertilizantes bajo convenio. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1982 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de 20 de Febrero de 1982. Materia Cultivos Palabra clave Inspección Plaguicidas Fertilizantes/nutrientes Producción vegetal Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece normas para efectuar labores de muestreo y análisis de plaguicidas y fertilizantes bajo convenio con el Servicio Agrícola y Ganadero. Las personas jurídicas de derecho público o privado que celebren con el Servicio Agrícola y Ganadero los convenios que se refiere el inciso tercero del artículo 1° del decreto ley N° 3.557, de 1980, deberán contar con los servicios permanentes de profesionales especialistas en plaguicidas y fertilizantes y disponer de instalaciones, equipos, instrumentales y elementos de laboratorios adecuados y suficientes para efectuar las determinaciones analíticas correspondientes. Texto completo Español Página web www.bcn.cl