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Decreto Nº 3 - Establece requisitos para efectuar labores de muestreo y análisis de plaguicidas y fertilizantes bajo convenio.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1982
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de 20 de Febrero de 1982.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Inspección Plaguicidas Fertilizantes/nutrientes Producción vegetal
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto establece normas para efectuar labores de muestreo y análisis de plaguicidas y fertilizantes bajo convenio con el Servicio Agrícola y Ganadero. Las personas jurídicas de derecho público o privado que celebren con el Servicio Agrícola y Ganadero los convenios que se refiere el inciso tercero del artículo 1° del decreto ley N° 3.557, de 1980, deberán contar con los servicios permanentes de profesionales especialistas en plaguicidas y fertilizantes y disponer de instalaciones, equipos, instrumentales y elementos de laboratorios adecuados y suficientes para efectuar las determinaciones analíticas correspondientes.

Texto completo
Español
Página web
www.bcn.cl