Decreto Nº 29.068/MINAE - Crea área destinada a la observación de la tortuga baula (Dermochelys coriacea). País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 222, 20 de noviembre de 2000, págs. 2 y 3. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Zona protegida Tortugas Ordenación/conservación Protección del hábitat Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto establece como área destinada a la observación de la tortuga baula (Dermochelys coriacea) una zona delimitada del Refugio Nacional de Vida Silvestre Tamarindo, declarando de acceso restringido dicha área durante la época de desove. Texto completo Español