Decreto Nº 27.773/MAG/S - Prohibe el uso agrícola del DDT y otros productos. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 70, 13 de abril de 1999, págs. 4 y 5. Materia Cultivos Palabra clave Plaguicidas Toxicidad/envenenamiento Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El Decreto, que consta de 4 artículos, prohibe el registro, formulación, fabricación, importación, exportación, tránsito, deposito, almacenamiento, venta y uso agrícola, veterinario y como medicamento de los productos que contengan DDT, lindano y sus isómeros, pentaclorofenol y los microcontaminantes hexaclorodibenzo-p-dioxinas (HxCDD), endrín, clordano, heptacloro, aldrín, declorane, dieldrín, toxafeno, clordecone, clordimeform, dibromocloropropano, etilendibromuro, dinoseb y nitrofen como ingrediente activo. Texto completo Español