Ecolex Logo
El portal del
derecho ambiental
Resultados de la búsqueda » Legislación

Decreto Nº 254/985 - Establece que todos los cueros o pieles de animales de nuestra fauna silvestre de caza autorizada deberán llevar una identificación.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1985
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Productos silvestres Inspección
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

En virtud del presente Decreto queda establecido que todos los cueros pertenecientes a animales de la fauna silvestre cuya caza esté autorizada deberán llevar una identificación oficial que asegure el origen legítimo de los mismos. El artículo 12 regula las funciones inspectivas de la Dirección de Contralor Legal.

Texto completo
Español