Decreto Nº 244 - Reglamento para las transacciones de trigo para consumo. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1985 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 32.259, 28 de agosto de 1985, pág. 3961. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Cereales/granos/arroz Comercio interior Normas Productos agrícolas Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El Decreto, que consta de 9 artículos, aprueba el siguiente Reglamento para las transacciones, según calidad, de trigo para consumo, el cual no se aplicará a las transferencias de este cereal destinadas a semilla (art. 1º). El presente Reglamento define como trigo para consumo el grano del cereal de la especie Triticum aestivum o Triticum vulgare L. que se destina al consumo humano o animal y que reúne al menos las siguientes condiciones: no estar enmohecido, fermentado, rancio o recalentado, atacado por gorgojos o cualquier otro parásito, no estar contaminado con roedores, pelos o excrementos de roedores, desinfectantes ni contener cizaña púrpura (art. 2º). Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 692 - Modifica el Decreto Nº 244 de 1985 que aprueba el Reglamento para las transacciones, según calidad, de trigo para consumo. Legislación | Chile | 1995 Palabra clave: Higiene/procedimientos sanitarios, Comercio interior, Cereales/granos/arroz, Normas, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Productos agrícolas Fuente: FAO, FAOLEX