Decreto Nº 241/004 - Establece normas de control de alimentos para rumiantes. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Materia Ganado Palabra clave Alimentos para animales/piensos Sanidad animal Plagas/enfermedades Registro Autorización/permiso Transporte/depósito Infracciones/sanciones Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen El presente Decreto introduce normas de control de alimentos para rumiantes, a fin de preservar la salud humana y animal en relación a las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles. Los establecimientos que elaboren o almacenen productos destinados a la alimentación de rumiantes (con excepción de los indicados en el artículo 2º) deberán cumplir con los requerimientos establecidos por el presente Decreto. Las empresas habilitadas se incluirán en el registro que deberá organizar la Dirección General de Servicios Agrícolas (art. 5º). Para la elaboración de los alimentos, las materias primas utilizadas deberán cumplir con lo dispuesto por el Decreto Nº 328/993 y por el Decreto Nº 128/004. El artículo 14 regula la identificación de los alimentos, mientras que el artículo 15 se refiere al transporte de los mismos. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 281/013 - Sustitúyense disposiciones del Decreto 241/004, relativas a establecimientos que elaboran o almacenan alimentos para rumiantes. Legislación | Uruguay | 2013 Palabra clave: Alimentos para animales/piensos, Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Transporte/depósito Fuente: FAO, FAOLEX