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Decreto Nº 241/004 - Establece normas de control de alimentos para rumiantes.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2004
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Ganado
Palabra clave
Alimentos para animales/piensos Sanidad animal Plagas/enfermedades Registro Autorización/permiso Transporte/depósito Infracciones/sanciones
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

El presente Decreto introduce normas de control de alimentos para rumiantes, a fin de preservar la salud humana y animal en relación a las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles. Los establecimientos que elaboren o almacenen productos destinados a la alimentación de rumiantes (con excepción de los indicados en el artículo 2º) deberán cumplir con los requerimientos establecidos por el presente Decreto. Las empresas habilitadas se incluirán en el registro que deberá organizar la Dirección General de Servicios Agrícolas (art. 5º). Para la elaboración de los alimentos, las materias primas utilizadas deberán cumplir con lo dispuesto por el Decreto Nº 328/993 y por el Decreto Nº 128/004. El artículo 14 regula la identificación de los alimentos, mientras que el artículo 15 se refiere al transporte de los mismos.

Texto completo
Español
Página web
www.presidencia.gub.uy

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Decreto Nº 281/013 - Sustitúyense disposiciones del Decreto 241/004, relativas a establecimientos que elaboran o almacenan alimentos para rumiantes.

Legislación | Uruguay | 2013

Palabra clave: Alimentos para animales/piensos, Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Transporte/depósito

Fuente: FAO, FAOLEX