Decreto Nº 23.138/MAG - Normas para la concesión de permisos de pesca de pepinos de mar. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 1994 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 80, 27 de abril de 1994, pág. 4. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Temporadas Recopilación de datos/informes Animales acuáticos Pesca artesanal Autorización de pesca Manejo y conservación pesquera Autorización/permiso Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El Decreto establece que el Ministerio de Agricultura y Ganadería podrá otorgar un máximo de 10 permisos a pescadores artesanales para la captura de pepinos de mar de las especies Holothuria inornata y Stichopus fuscus en el área que especifica. La cantidad máxima a extraer en el area establecida no podrá superar los 1200 pepinos por pescador y por mes. Los permisos podrán ser otorgados por un plazo de dos meses y comprendidos entre los meses de octubre y abril de cada año. Los permisionarios podrán desembarcar sólo en puertos establecidos, estarán sujetos a inspección y deberán presentar un informe mensual acerca del numero de pepinos pescados. Texto completo Español