Decreto Nº 2.212 - Normas sobre Movimientos de Tierra y Conservación Ambiental. País/Territorio Venezuela, Rep. Boliv. de Tipo de documento Reglamento Fecha 1992 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 35.206, 7 de mayo de 1993. Materia Bosques, Tierra y suelos Palabra clave Forestación/reforestación Corte y extracción/explotación forestal Roza Ordenación forestal/conservación de montes Cuenca/área de captación/cuenca colectora Contaminación del suelo/calidad Conservación de suelos/mejoramiento de suelos Saneamiento de suelos Protección del medio ambiente Área geográphica Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur Resumen El presente Decreto tiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales se realizarán las actividades de deforestación, movimientos de tierra, estabilización de taludes, arborización de áreas verdes y todo lo relacionado con la protección de los suelos. Las presentes normas se aplican a los aprovechamientos de terrenos que requieran alteración de la topografía a través de movimientos de tierra, mediante deforestación, remoción de la vegetación, excavación, nivelación y relleno. No podrán ejecutarse trabajos de modificación de la topografía en un terreno en el cual exista un bosque, una fuente de agua natural, cuando tales trabajos puedan redundar en su destrucción total o cuando dichas zonas hayan sido objeto de una afectación especial por parte de los organismos competentes. Texto completo Español