Decreto Nº 22 - Areas de manejo y explotación de recursos bentónicos para la VII Región. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 35.996, 20 de febrero de 1998, pág. 3. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de protección pesquera Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto, que consta de 4 artículos, en base a los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la V y IX Regiones e Islas Oceánicas, establece las siguientes áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos en los sectores de la VII Región cuyas líneas de costa y coordenadas especifica. Los sectores se denominan Duao, Boyeruca-Llico, Curanipe, Cardonal y Pelluhue. Podrán optar a estas áreas de manejo y explotación las organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas. Texto completo Español