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Decreto Nº 216 - Adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y dicta otras disposiciones en materia migratoria.

País/Territorio
Colombia
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2021
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 51.603, 1º de marzo de 2021.
Materia
Agricultura y desarrollo rural, General
Palabra clave
Desarrollo sostenible Peligros Protección social Seguridad alimentaria Pequeños agricultores/campesinos Pobreza Salud pública
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto tiene por objeto establecer el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos bajo Régimen de Protección Temporal, el cual está compuesto por el Registro Único de Migrantes Venezolanos y el Permiso por Protección Temporal. El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos bajo Régimen de Protección Temporal, que tendrá una vigencia de diez años, es un mecanismo jurídico de protección temporal dirigido a la población migrante venezolana que cumpla con las características establecidas, por medio del cual se busca generar el registro de información de esta población migrante y posteriormente otorgar un beneficio temporal de regularización a quienes cumplan con los requisitos establecidos, sin perjuicio de la facultad discrecional que le asiste al Gobierno nacional en materia de relaciones exteriores.

Texto completo
Español
Página web
www.suin-juriscol.gov.co