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Decreto Nº 2.109/94 - Impacto ambiental.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1994
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Medio ambiente gen.
Palabra clave
Conservación del ecosistema EIA Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Auditoría ambiental
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

El presente Decreto, a los efectos de obtener la declaración de impacto ambiental, dispone que el proponente de las obras o actividades comprendidas en el Anexo I de la Ley Nº 5.961, con las excepciones establecidas en el artículo 9 del presente Decreto, deberá presentar ante el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda, la manifestación general de impacto ambiental que deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: 1) datos personales, domicilio real y legal del solicitante responsable de la obra o actividad; 2) descripción del proyecto y sus acciones; examen de las alternativas técnicamente viables y justificación de la solución adoptada; 3) inventario ambiental y descripción de las interacciones ecológicas o ambientales claves; 4) identificación y valoración de impactos, tanto en la solución propuesta como en sus alternativas; 5) establecimiento de medidas correctoras y protectoras; 6) programa de vigilancia ambiental.

Texto completo
Español